FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO
• Asesorar a la Rectora en la toma de las decisiones para lograr el buen funcionamiento del Colegio.
• Apoyar a la Rectora en el aseguramiento, establecimiento, implementación, mantenimiento y mejoras de los procesos necesarios en el Sistema de Gestión Calidad.
• Considerar las iniciativas de los miembros de la comunidad educativa que redunden en la práctica de la participación democrática en la vida escolar.
• Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento del Colegio cuando según el Manual de Funciones y/o el Reglamento interno o Manual de Convivencia, no sean de competencia de otra autoridad.
• Servir de instancia para resolver conflictos que se presenten entre directivos – docentes o estudiantes después de haber agotado el conducto regular y los procedimientos previstos en el Reglamento Interno o Manual de Convivencia.
• Adoptar el Reglamento o Manual de Convivencia que presente la Rectora a su consideración.
• Asumir la garantía y defensa de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado.
• Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, del currículo y del plan de estudios y someterlos a inscripción y consideración de la Secretaría de Educación competente.
• Participar en el proceso de autoevaluación del Colegio para la caracterización del servicio educativo.
• Establecer sanciones y estímulos para el buen desempeño de los-as estudiantes en todos los órdenes.
• Recomendar criterios y promover actividades y relaciones de tipo académico, deportivo, cultural, recreativo y social de la comunidad educativa con otras instituciones.
• Fomentar la conformación de la Asociación de Padres de Familia y del Consejo de Padres de Familia.
• Darse su propio reglamento
FUNCIONES DEL RECTOR
• Representar legalmente al plantel.
• Presidir los comités de administración del fondo de servicio docentes, como directivos y académicos y participar en los demás cuando lo considere conveniente.
• Establecer criterios para dirigir la institución de acuerdo con las normas vigentes.
• Planear y organizar con los coordinadores las actividades curriculares de la institución.
• Establecer canales y mecanismos de comunicación
• Dirigir y supervisar las actividades de bienestar y proyección a la comunidad
La Ley 715 de Diciembre 12 de 2001 replantea estas funciones a saber: Artículo 10: Funciones de Rectores y Directivos.
• El Rector o Director de las Instituciones Educativas públicas, que serán designados por concurso, además de las funciones señalas en otras normas, tendrá las siguientes:
• Dirigir la Preparación del proyecto Educativo Institucional con la participación de los distintos actores de la comunidad educativa.
• Presidir el Consejo Directivo y el Consejo Académico de la Institución y coordinar los distintos órganos del gobierno escolar.
• Representar el establecimiento ante las autoridades educativas y la comunidad escolar.
• Formular planes anuales de acción y de mejoramiento de calidad y dirigir su ejecución.
• Dirigir el trabajo de los equipos docentes y establecer contactos interinstitucionales para el logro de las metas educativas.
• Realizar el control sobre el cumplimiento de las funciones correspondientes al personal docente y administrativo y reportar las novedades e irregularidades del personal a la Secretaría de Educación municipal y departamental o a quien haga sus veces.
• Administrar el personal asignado a la Institución en lo relacionado con las novedades y los permisos.
• Participar en la definición de perfiles para selección del personal docente y en su selección definitiva.
• Distribuir las asignaciones académicas y demás funciones de docentes, directivos docentes y administrativos a su cargo, de conformidad con las normas sobre la materia.
• Realizar la evaluación anual del desempeño de los docente, directivos docentes y administrativos a su cargo.
• Imponer las sanciones disciplinarias propias del sistema de control interno disciplinario de conformidad con las normas vigentes.
• Proponer a los docentes que serán apoyados para recibir capacitación.
• Suministrar información oportuna al departamento, distrito o municipio de acuerdo con sus requerimientos.
• Responder por la calidad de la prestación del servicio de su institución.
• Rendir periódicamente informe al Rector sobre el resultado de las actividades académicas.
• Administrar el personal a su cargo de acuerdo con las normas vigentes.
• Presentar al Rector las necesidades del material didáctico de las diferentes áreas.
FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO
• Servir de órgano consultor del Rector y del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del Proyecto Educativo Institucional.
• Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes necesarios.
• Organizar el plan de estudios, orientar su ejecución y plantear los ajustes pertinentes.
• Integrar los consejos para la evaluación periódica del rendimiento de los educandos y para la promoción, asignar sus funciones y supervisar el proceso general de evaluación.
• Liderar la orientación pedagógica del establecimiento y participar en la evaluación institucional.
• Recibir reclamos sobre la evaluación educativa por parte de los estudiantes y decidir sobre ellos.
• Darse su propio reglamento
• Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el Proyecto Educativo Institucional.
FUNCIONES DEL COMITÉ DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
- Reunirse mínimo una vez por periodo y extraordinariamente cuando la cite el rector (a) o coordinadores.
- Convocar reuniones generales de docentes o por áreas, para analizar y proponer políticas, métodos y tendencias actuales en los procesos de evaluación en el aula.
- Orientar a los profesores para revisar las prácticas pedagógicas y evaluativas, que permitan superar los indicadores de logro a los estudiantes que tengan dificultades en su obtención.
- Analizar situaciones relevantes de desempeños bajos, en áreas o grados donde sea persistente la reprobación, para recomendar a los docentes, estudiantes y padres de familia, correctivos necesarios para superarlos.
- Analizar y recomendar sobre situaciones de promoción anticipada, para estudiantes sobresalientes que demuestren capacidades excepcionales, o para la promoción ordinaria de estudiantes que reinicia el año escolar, que demuestre haber superado las deficiencias presentadas en las áreas reprobadas el año anterior, con un nivel Alto, y un proceso de socialización adecuado durante el primer período.
- Servir de instancia para decidir sobre los problemas que puedan presentar los estudiantes, padres de familia o profesores, que consideren se haya violado algún derecho en el proceso de evaluación y en casos excepcionales, designará un segundo evaluador (el área implicada).
- Velar porque los directivos y docentes cumplan con lo establecido en el sistema institucional de evaluación definido en el presente ACUERDO.
- Otras que determina la institución a través del PEI.
- Darse su propio reglamento.
FUNCIONES DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA
• Contribuir con el Rector en el análisis, difusión y uso de los resultados de las evaluaciones periódicas de competencias y pruebas de estado.
• Exigir que el establecimiento con todos sus estudiantes participe en las pruebas de competencias y de estado realizados por el Instituto Colombiano para el fomento de la Educación Superior. ICFES.
• Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice el establecimiento educativo, orientadas a mejorar las competencias de los-las estudiantes en las distintas áreas, incluida la ciudadana y la creación de la cultura de la legalidad.
• Participar en la elaboración de planes de mejoramiento y en el logro de los objetivos planteados.
• Promover actividades de formación de los padres de familia encaminadas a desarrollar estrategias de acompañamiento a los-las estudiantes para facilitar el afianzamiento de los aprendizajes, fomentar la práctica de hábitos de estudio extraescolares, mejorar la autoestima y el ambiente de convivencia y especialmente aquellas destinadas a promover los derechos del niño y de la niña.
• Propiciar un clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y concertación entre todos los estamentos de la comunidad educativa.
• Presentar propuestas de mejoramiento del Manual de Convivencia en el marco de la Constitución y la Ley.
• Colaborar en las actividades destinadas a la promoción de la salud física y mental de los educandos, la solución de las dificultades de aprendizaje, la detección de problemas de integración escolar y el mejoramiento del medio ambiente.
• Elegir al padre de familia que participará en la Comisión de Evaluación y Promoción de acuerdo con el sistema de Evaluación adoptado por la institución bajo la guía del Decreto 1290 de 2009.
• Presentar la propuesta de modificación del proyecto educativo institucional que surjan de los padres de familia de conformidad con lo previsto en los artículos 14,15, y 16 del Decreto 1860 de 1994.
• Elegir un representante de los padres de familia en el Consejo Directivo del establecimiento educativo con la excepción establecido en el parágrafo 2 del artículo nueve del Decreto 1286/2005. “El Consejo de Padres de cada establecimiento educativo, ejercerá estas funciones en directa coordinación con el Rector y requerirá de expresa autorización cuando asuma responsabilidades que comprometan al establecimiento educativo ante otras instancias o autoridades.
• Fomentar la comunicación entre los padres de familia y las directivas, maestros y demás estamentos de la comunidad educativa.
• Presentar a la Rectora, cuando sea necesario, las inquietudes, propuestas y demás asuntos relacionados con los padres de familia del grado del cual son voceros.
• Presentar informes ocasionales a la Junta Directiva de la Asociación de Padres de familia y colaborar en las tareas que dicha Junta le confíe.
• Presentar alternativas de solución a las dificultades que presentan los estudiantes en el desarrollo de las competencias en cada período académico.
FUNCIONES DE ASOCIACIÓN DE EX ALUMNOS-AS
• Fortalecer los lazos entre los ex estudiantes INSCARMISTAS y de ellos con el Colegio.
• Procurar que una vez egresados, compartan un claro sentido de la responsabilidad social que cumplen en acciones de bien público, fomentando a la vez el sentido de compromiso con sus pares.
• Prestar asistencia general de carácter social a los sectores marginados.
FUNCIONES DE CONSEJO DE ESTUDIANTES
• Darse su propia organización interna, de común acuerdo con las directivas de la Institución.
• Elegir un representante de los estudiantes del grado once, con voz y voto para el Consejo Directivo.
• Escuchar las inquietudes de los estudiantes, para presentarlas al Consejo Directivo cuando estas ameriten.
• Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil.
• Mantener una comunicación constante con la Rectora, concertando toda propuesta antes de lanzarla a los estudiantes y demás estamentos de la comunidad.
• Buscar estrategias para promover el sentido de pertenencia a INSCARMEN y el mejoramiento del nivel académico y de normalización de los estudiantes.
• Generar un clima institucional, armónico, fraterno, participativo, haciendo los reclamos y las propuestas con claridad, coherencia y respeto, siendo consecuentes con los deberes adquiridos el día de la elección.
• Impulsar en los estudiantes la apropiación y cumplimiento del Manual de Convivencia.
FUNCIONES DEL PERSONERO ESTUDIANTIL
• Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, como miembros de la comunidad educativa.
• Presentar ante la Rectora las solicitudes que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes.
• Conocer el debido proceso, aplicado a cualquier estudiante que haya incurrido en falta.
• Presentar informe periódico del cumplimiento de su programa de campaña electoral a los estudiantes según su gestión.
• Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los estudiantes sobre lesiones a sus
• derechos y las que formule cualquier persona de la Comunidad sobre el cumplimiento de las obligaciones de los estudiantes.
• Participar a nivel municipal o departamental cuando sea convocado a reunión de personeros estudiantiles para representar la institución.
• Respetar los acuerdos internos de la institución, evitando comprometer al Colegio en asuntos externos sin previa consulta con la Rectora.
• El ejercicio de cargo del personero de los estudiantes es incompatible con el representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo.
• Ser vocero de los estudiantes en las organizaciones del Gobierno Escolar, presentando solicitudes oportunas y respetuosas.
FUNCIONES DEL CONTRALOR ESCOLAR
- Propiciar acciones concretas y permanentes, de control social a la gestión de las instituciones educativas.
Promover la rendición de cuentas en las Instituciones Educativas. - Velar por el correcto funcionamiento de las inversiones que se realicen mediante los fondos de servicios educativos, restaurante escolar, tienda escolar y su entorno tengan resultados satisfactorios frente a las necesidades establecidas.
Ejercer el control social a los procesos de contratación que realice la institución educativa - Canalizar las inquietudes que tenga la comunidad educativa, sobre deficiencias o irregularidades en la ejecución del presupuesto o el manejo de los bienes de las Instituciones Educativas.
Formular recomendaciones o acciones de mejoramiento al Rector y al Consejo Directivo, sobre el manejo del presupuesto y la utilización de los bienes.
Poner en conocimiento del organismo de control competente, las denuncias que tengan merito, con el fin de que se apliquen los procedimientos de investigación y sanción que resulten procedentes.
Comunicar a la comunidad educativa, los resultados de la gestión realizada durante el periodo. - Conocer y divulgar entre los estudiantes el Proyecto Educativo Institucional (RED, el Manual de Convivencia, el presupuesto y el plan de compras de la institución educativa.
Velar por el cuidado del medio ambiente. - Incentivar la cultura de respeto por la hacienda pública y el control fiscal social en la institución educativa.
- Coadyuvar a la Contraloría Departamental de Córdoba en los procesos de capacitación sobre participación ciudadana al interior de la institución educativa, proponiendo el ternario y el cronograma, coordinando su aprobación por parte de las directivas escolares y la Contraloría Departamental de Córdoba.
Propender por la creación de una veeduría ciudadana escolar que apoye el sistema de control fiscal social escolar que se implementa. - Vincular a los estudiantes de la institución educativa en el desarrollo de las funciones atribuidas a las Contralorías Escolares, sobre control social fiscal.
FUNCIONES DEL GRUPO DE APOYO DE LA CONTRALORÍA ESCOLAR
- Elegir el Secretario (a) de la Contraloría Escolar para llevar el libro de actas.
- Apoyar el ejercicio del Control Fiscal en la institución educativa Conocer el Proyecto Educativo Institucional (PEI)
Conocer el presupuesto de la respectiva institución educativa y el plan de compras y verificar el cumplimiento de los resultados previstos con los gastos que se ordenan.
Solicitar las actas del Consejo Directivo de la respectiva institución educativa relacionadas con presupuesto.
Estudiar y analizar la información que sea allegada a la Contraloría Escolar. - Presentar propuestas a la Contraloría Departamental de Córdoba relacionadas con las funciones inherentes a la Contraloría Escolar.
Designar, entre sus miembros, al Contralor Escolar suplente para cubrir las faltas temporales o absolutas del principal.
FUNCIONES DEL CONSEJO DE PADRES
a) Contribuir con el rector en el análisis, difusión y uso de los resultados de las evaluaciones periódicas de competencias y las pruebas de Estado;
b) Exigir que el establecimiento con todos sus estudiantes participe en las pruebas de competencias y de Estado realizadas por el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, ICFES;
c) Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice el establecimiento educativo, orientadas a mejorar las competencias de los estudiantes en las distintas áreas, incluida la ciudadana y la creación de la cultura de la legalidad;
d) Participar en la elaboración de planes de mejoramiento y en el logro de los objetivos planteados;
e) Promover actividades de formación de los padres de familia encaminadas a desarrollar estrategias de acompañamiento a los estudiantes para facilitar el afianzamiento de los aprendizajes, fomentar la práctica de hábitos de estudio extraescolares, mejorar la autoestima y el ambiente de convivencia y especialmente aquellas destinadas a promover los derechos del niño;
f) Propiciar un clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y concertación entre todos los estamentos de la comunidad educativa;
g) Presentar propuestas de mejoramiento del manual de convivencia en el marco de la Constitución y la ley;
h) Colaborar en las actividades destinadas a la promoción de la salud física y mental de los educandos, la solución de las dificultades de aprendizaje, la detección de problemas de integración escolar y el mejoramiento del medio ambiente;
i) Participará como representante de los padres en la comisión de evaluación y promoción escolar.
j) Presentar las propuestas de modificación del proyecto educativo institucional que surjan de los padres de familia de conformidad con lo previsto en los artículos 2.3.3.4.4.1, 2.3.3.1.4.2 y 2.3.3.1.4.3 del Decreto 1075 de 2015;
k) Elegir los dos representantes de los padres de familia en el consejo directivo del establecimiento educativo con la excepción establecida en el parágrafo 2º del artículo 9º del presente decreto.
FUNCIONES DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA
a. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes.
b. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa.
c. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa.
d. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo.
e. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revisten las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y de la Ruta.
f. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.
g. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el manual de convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el comité.
h. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía.
i. Elaborar su propio reglamento, el cual debe abarcar lo correspondiente a sesiones, y demás aspectos procedimentales, como aquellos relacionados con la elección y permanencia en el comité del docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar.
j. Invitar con voz pero sin voto a un miembro de la comunidad educativa conocedor de los hechos, con el propósito de ampliar información, cuando así lo considere.
k. En caso de diferencias irreconciliables, posturas intolerantes o falta de acuerdo entre los miembros del comité, se podrá (n) invitar algún (os) participante (s) que tendrá (n) voz y no voto y que participará (n) de mediador (es) y en beneficio de la solución del problema.
l. Otras que disponga la normatividad legal vigente.
